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C.A.P. (Certificado de aptitud profesional) - Conductores obligados

Conductores obligados al CAP

Para aclarar este punto es necesario distinguir por una parte los permisos de conducción implicados en el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) y por otra los diferentes tipos de formaciones que regula el CAP.

Autobuses

Permisos de conducción: D1; D1 + E; D y D + E
Cualificación inicial del CAP obligatoria para los conductores que hayan obtenido el permiso a partir del 11 de septiembre de 2.008

Camiones (más 3,5tn M.M.A.)

Permisos de conducción: C1; C1 + E; C; C + E
Cualificación inicial del CAP obligatoria para los conductores que hayan obtenido el permiso a partir del 11 de septiembre de 2.009

La Formación Continua del CAP sería obligatoria para todos los conductores de vehículos de algunos de los permisos de conducción indicados, que lo hayan obtenido con anterioridad a las fechas reseñadas anteriormente según la siguiente tabla:

FORMACIÓN CONTINUA DEL CAP

TERMINACIÓN DEL PERMISO

D1; D1 + E; D; D + E

C1; C1 + E; C; C + E

1 - 2

Antes del 10/09/2011

Antes del 10/09/2012

3 - 4

Antes del 10/09/2012

Antes del 10/09/2013

5 - 6

Antes del 10/09/2013

Antes del 10/09/2014

7 - 8

Antes del 10/09/2014

Antes del 10/09/2015

9 - 0

Antes del 10/09/2015

Antes del 10/09/2016

La acreditación de estar en posesión del Certificado de Actividad Profesional (CAP) se realiza mediante una tarjeta de cualificación del conductor con una vigencia de 5 años, que se debe llevar a bordo del vehículo y cuya renovación se efectúa mediante la realización de un curso de Formación Continua.

Una vez se realice el curso de Formación Continua del CAP, con 35 horas de duración (cada 5 años), se expide una nueva tarjeta retirando la anterior.

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